Alejandro José Ceballos Peña: El Derecho al Agua

El derecho al agua indispensable para una vida digna, pues este recurso además tiene un papel fundamental para preservar la vida y la salud de los seres humanas.
En la Asamblea General de las Naciones Unidas del 2010, se reconoce el derecho al agua como un derecho humano, esencial para hacer efectivos otros derechos humanos como el derecho a la salud.



Para hacer efectivo el derecho al agua, se han de cumplir ciertas condiciones para hacer efectivo el cumplimiento de éste derecho fundamental, como la:
  • Disponibilidad: Ha de satisfacer la necesaria cantidad para todos los usos personales y domésticos. Según datos de la ONU, cada persona necesita entre 20 y 50 litros de agua potable al día.
  • Accesibilidad: Las instalaciones y los servicios adecuados deben ser accesibles en los hogares o en las proximidades y su costo ha de ser abordable.
 El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sugiere que el costo del agua no debería superar el 3% de los ingresos del hogar. 
De acuerdo con la OMS, la fuente de agua debe encontrarse a menos de 1.000 metros del hogar y el tiempo de desplazamiento para la recogida no debería superar los 30 minutos.
  • Calidad: Ha de ser salubre, potable y no conllevar riesgo alguno para la salud, es decir, libre de microorganismos, sustancias químicas y peligros radiológicos.
  • Estabilidad y Fiabilidad: Debe estar disponible y ser accesible en cualquier circunstancia (sequía, inundación que contamine el agua, etc).
Aunque en Venezuela no está expresamente incluido el derecho al agua dentro de la Constitución, existen legislaciones que en teoría deberían amparar y promulgar el taxativo cumplimiento de éste derecho fundamental, como la Ley de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento, promulgada en Gaceta el 6 de septiembre del 2007 y la Ley de Calidad de las Aguas y el Aire, del 28 de diciembre del 2015.

Sin embargo, existe un evidente vacío en cuanto a llevar las leyes de las letras al hecho, así como lo hay para llevar el agua de los embalses a los grifos de los hogares venezolanos.

Entradas populares de este blog

Criterios de imposición de costas en nuestros tribunales de lo contencioso-administrativo

¿Está sobrevalorada la imparcialidad?